VOTA
!!!
Es necesario entender que el
voto es la llave hacia el futuro y la renovación.
Aprender a votar
es un compromiso que tenemos con
nosotros mismos y es un derecho político constitucional. No votar significa
también someternos a la decisión de la
mayoría.
·
Cambiemos,
no seamos parte de las estadísticas.
·
Aumentemos
la participación electoral.
·
Si los
proyectos no están o no nos gustan hagamos nosotros las propuestas.
·
Nuestro
voto suma porque nos da derechos.
·
Participar
nos da identidad, pertenencia.
·
Desarrollemos
nuestros pensamientos a través de la participación activa en la comunidad que
nos rodea.
·
Comenzar
el cambio es tener un registro exacto de
lo que no queremos.
·
Sentir
la emoción de decidir por lo que estamos convencidos, nos enfrenta a la acción.
·
Los
jóvenes actúan por eso el futuro y el mundo es suyo, porque se arriesgan y
apuestan a una vida mejor.
El voto es
universal, igual, secreto, libre y obligatorio
Desde las elecciones
de 2013 están incluidos por primera vez en el padrón los electores de 16 y 17
años. Únicamente podrán votar los jóvenes que hayan realizado la actualización
de su DNI antes del 30 de abril y estén incluidos en el padrón. Aunque el voto
es obligatorio, los electores de 16 y 17 que no voten no serán considerados
infractores.
Para las elecciones primarias y nacionales, NO es obligatorio
el cambio del DNI, deberá utilizar el que tiene actualmente, siempre y cuando
el estado del mismo sea bueno.
Si no votaste debes ir a la secretaría electoral
correspondiente al distrito de tu domicilio para justificar la abstención, con
la documentación que acredite el motivo de la falta.
Si no has votado en las primarias y querés votar en las
elecciones generales, podrás hacerlo si justificas la no emisión del voto.
Por otra parte
votar en blanco es una declaración de disconformidad y ese voto no le suma a
nadie.
En cuanto a las
multas según el Código Electoral Nacional, que rige supletoriamente en la
mayoría de las jurisdicciones, Ciudad Autónoma incluida, según señala el Artículo
125. Sobre la No emisión del voto. Se impondrá multa de cincuenta ($a 50) a
quinientos ($a 500) pesos argentinos al elector que dejare de emitir su voto y
no se justificare ante cualquier juez electoral de distrito dentro de los
sesenta (60) días de la respectiva elección. Cuando se acreditare la no emisión
por alguna de las causales que prevé el artículo 12, se asentará constancia en
su documento cívico. (...)
EL mencionado peso, está referido al peso argentino que circulaba el año 1983 bajo la presidencia del último presidente de facto de la junta militar Reinaldo Bignone y nunca fue actualizado:
Mil de estos "Pesos Argentinos" después hicieron un Austral.
EL mencionado peso, está referido al peso argentino que circulaba el año 1983 bajo la presidencia del último presidente de facto de la junta militar Reinaldo Bignone y nunca fue actualizado:
Mil de estos "Pesos Argentinos" después hicieron un Austral.
En los ´90
volvimos al "Peso" que hoy tenemos, con equivalencia de conversión
escala 1 a
10.000 Australes. Ergo, 1 peso de hoy es igual a 10.000.000 de los pesos
de los que habla la ley. El máximo de la multa que nos podrían poner es de $
0.00005.
Con lo que nos alcanzaría para pagar las multas máximas de 200 infractores. Y con un peso, las multas máximas de 20.000 infractores.
La ley indica que hay una práctica administrativa que dice que "El infractor que no la pagase no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales" (art. 126).
Con lo que nos alcanzaría para pagar las multas máximas de 200 infractores. Y con un peso, las multas máximas de 20.000 infractores.
La ley indica que hay una práctica administrativa que dice que "El infractor que no la pagase no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales" (art. 126).
En eso es clara: o
te aguantas un año sin hacer trámites, o pagas la terrible multa antes
mencionada.
Pero hay otra sanción no pecuniaria, bastante más molesta ya que "El infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección".
Pero hay otra sanción no pecuniaria, bastante más molesta ya que "El infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección".
Les dejo picando la pelota con ésta frase.
“El analfabeto político es tan burro que se
enorgullece e hincha el pecho diciendo que odia la política. No sabe el muy imbécil, que de su ignorancia política
nace la prostituta, el menor abandonado, el asaltante y el peor de los bandidos
que es el político corrupto y el lacayo de las empresas nacionales y
multinacionales”.
Bertolt
Brecht.
Poeta y dramaturgo alemán (1898-1956)
Poeta y dramaturgo alemán (1898-1956)
Nancy Vaccari Allerborn
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